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    ¿A quién se envía el médico fiscal?

    ¿A quién se envía el médico fiscal?

    ¿A quién se envía el médico fiscal?



    El patrón tiene derecho a solicitar el servicio de control médico-fiscal de sus trabajadores desde el primer día de enfermedad, con el fin de comprobar el estado de salud de sus trabajadores.



    ¿Cómo sé quién me envió la visita fiscal?

    La única forma de saber quién encargó la visita es accediendo al servicio web "Solicitud de reconocimientos médicos", ya que a través de este servicio online también es posible consultar el estado de las solicitudes enviadas así como el resultado de los reconocimientos médicos legales. exámenes

    ¿Cuánto le cuesta al empleador enviar al médico de control?

    28,29 € por visita fiscal en día laborable no realizada por falta de disponibilidad; 39,61 euros por visita fiscal en día laborable no realizada por falta de disponibilidad; 41,67 por visita fiscal en día laborable; 52,82 por visita fiscal en día festivo.

    ¿Cómo enviar un cheque Inps?

    enviando un correo electrónico a medicolegale.nomesede@inps.it; mediante el envío de una comunicación específica al número de fax indicado por la estructura territorial de referencia; poniéndose en contacto con el centro de contacto.


    ¿Cómo saber si el médico fiscal ha pasado?

    Solo el empleador puede tener conocimiento del pasaje vacío del médico fiscal, accediendo a la sección del sitio web del INPS dedicada a los controles médicos.


    Un día con el médico fiscal



    Encuentra 15 preguntas relacionadas

    ¿Qué pasa si el médico fiscal sale fuera de horario?

    ¿Qué pasa si el médico fiscal sale fuera de horario? Las sanciones por ausencia durante el horario de visita fiscal son las siguientes: 100% de la reducción de salario durante los primeros 10 días de la enfermedad. 50% para los días siguientes.


    ¿Qué hacer en caso de ausencia para una visita fiscal?

    ¿Cómo justificar la ausencia de la visita fiscal? El trabajador, para justificar la ausencia de su domicilio durante los tramos de disponibilidad, cuando el motivo de la ausencia sea de carácter médico, deberá enviar la documentación relativa al INPS en el plazo de 15 días.


    ¿Quién decide enviar la visita fiscal?

    El trabajador no tiene que pagar nada al médico del INPS por la realización de la visita. quien paga es el patrón, si es particular y si la visita no se hace de oficio, sino a petición suya. Por cada examen médico que solicita, el empleador debe efectivamente reembolsar al Inps los honorarios del médico.

    ¿Cómo cambiar el domicilio durante la enfermedad?

    INPS, con Circular n. 106/2020, anuncia que está disponible un nuevo servicio para el ciudadano trabajador, que podrá ser utilizado a través del portal web del Instituto, para comunicar el cambio de dirección de contacto en caso de examen médico por enfermedad.

    ¿Cuánto paga el empleador por la visita fiscal?

    Las tarifas son: a) impuesto visitas domiciliarias en días laborables: 41,67 €; fin de semana: 52,82 €; b) los gastos de visita a la Hacienda Pública no se atiendan por falta de disponibilidad de los trabajadores: si es día laborable: 28,29 si es festivo: 39,61 €.

    ¿Quién saca al médico de control?

    La visita de inspección del INPS puede ser enviada por el empleador (a su cargo) o por la institución de seguridad social; es decir, se utiliza para verificar el estado real de enfermedad del empleado.

    ¿Quién envía los cheques durante la enfermedad?

    Para los trabajadores privados, el INPS generalmente realiza controles aleatorios, enviando visitas fiscales entre los diversos sujetos, o solicitadas directamente por el médico institucional de la oficina que, examinado el caso, solicita una visita domiciliaria.

    ¿Quién envía al médico a casa?

    El envío del certificado médico al INPS es responsabilidad de su médico. El trabajador puede solicitar una copia electrónica del mismo en su casilla de correo electrónico certificado (PEC).

    ¿Cuándo envía el INPS el cheque?

    El personal médico designado por el INPS puede visitar al trabajador, en el domicilio indicado en el certificado de enfermedad, de 9 a 13 y de 15 a 18 si es empleado público, de 10 a 12 y de 17 a 19 si es empleado público. trabajador del sector privado.

    ¿Cómo comunicar el cambio de domicilio al INPS?

    comunicándose con el centro de llamadas del INPS al número gratuito 803164 (06164164 desde un teléfono móvil); enviando un correo electrónico a la sucursal local del instituto, a la dirección (diferente según la ubicación) nomesede@inps.it; por ejemplo: MedicoLegale.cagliari@inps.it; mediante el envío de un fax o una carta certificada.

    ¿Cómo comunicar al INPS los movimientos durante la enfermedad?

    Con el servicio en línea "Sportello al ciudadano per le VMC", al que se puede acceder desde el portal web previa autenticación con las credenciales necesarias para el uso de los servicios telemáticos, es posible comunicar, en el contexto de un evento de enfermedad, un diferente disponibilidad, en comparación con la comunicada con ...

    ¿Cómo comunicar el cambio de domicilio al INPS?

    La comunicación de cambio de residencia del INPS se puede realizar a través del centro de llamadas del INPS, en el número gratuito 803.164, o 06.164.164 si llama desde un teléfono móvil. Durante la llamada telefónica se le pedirá el código PIN del dispositivo.

    ¿Qué pasa si el médico del seguro médico no te encuentra en casa?

    Si el médico fiscal no te encuentra en tu domicilio en el horario de disponibilidad, incurrirás en una sanción por ausencia injustificada. La sanción consiste en la reducción de una parte del salario, igual a: 100% del salario por los primeros 10 días de enfermedad. 50% a partir del día XNUMX de enfermedad.

    ¿Qué pasa si estás enfermo y no te encuentran en casa?

    En caso de no asistir a la visita fiscal, ¿qué sucede? El médico fiscal emite un aviso en el que advierte al trabajador que no se le ha encontrado en su domicilio y le invita dentro del día siguiente (siempre que no sea festivo) a acudir a la clínica para la visita en cuestión.

    ¿Cuántos días de ausencia injustificada antes del despido?

    La impugnación de la ausencia injustificada deberá hacerse por escrito y no podrán imponerse medidas disciplinarias antes de transcurridos cinco días en los que el trabajador pueda presentar sus justificaciones.

    ¿Qué debe comprobar el médico fiscal?

    En él indica: fecha y hora de la visita domiciliaria; historial de trabajo, con detalles de la calificación y el trabajo; documentación de salud presentada y cualquier terapia (tipo, dosis, duración); diagnóstico; pronóstico forense; sello y firma legible.

    ¿Cuándo no está programada la visita fiscal?

    Los supuestos de exención son: Enfermedad relacionada con la existencia de una patología grave que requiera un tratamiento de salvamento; Accidente de trabajo y enfermedad profesional; Enfermedad relacionada con cualquier incapacidad o impedimento del empleado igual o superior al 67%.

    ¿Cómo consultar el seguro médico?

    Con el servicio de consulta de certificados de enfermedad en línea, los trabajadores pueden visualizar e imprimir sus certificados de enfermedad introduciendo el número de protocolo único del certificado y el NIF asociado. La consulta no requiere autenticación específica.

    ¿Con qué frecuencia se puede prolongar la enfermedad?

    De hecho, el médico fiscal puede pasar dos veces en el mismo día. Pero procedamos en orden, y veamos, en caso de enfermedad, cómo prolongar la ausencia del trabajo.

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